Editorial >Consultas<
lupas.gif (8665 bytes)


ARMABC -
Diccionario
sobre armas portatiles

Newsletter
Boletin Periodico
Gratuito Via Email
sobre Armas
Formulario de Suscripcion

Editorial:
Una Postura

Avisos
Clasificados

Noticias
sobre armas

Armas
Sociedad

Armas
y Defensa

Diagramas

Armas
Militares

Armas
Policiales

Notas
Tecnicas e

Historicas

Armas y
Tecnologia

Novedades
de La Industria

Legislacion
Internacional

Colecciones

Instituciones

Armas
y Medios de Comunicacion

Equipamiento

Contactos

Congreso
de Armas
e Internet

Armas y Sociedad

Temario:
Postulado-Leyes Antiarmas

La portacion de armas de uso civil, es competencia de la justicia ordinaria, no de la Federal.

Para el Investigador Estadounidense John Lott
Un numero mayor de armas reduce el delito

Forma de evitar los delitos con armas de fuego

Ir a Armas y Sociedad Parte II

La portacion de armas de uso civil, es competencia de la justicia ordinaria, no de la Federal.

La Corte Suprema de Justicia dispuso que no es competencia de la justicia federal el tratamiento de causas por el delito de portacion de armas de uso civil sin la debida autorización, La corte señala Señala que "para que corresponda el fuero federal es preciso que se hayan afectado intereses federales o lo que es lo mismo que estén implicados intereses no meramente plurales de los ciudadanos sino aquellos que alcanzan a la Nación misma", extremos que no aparecen en la causa, razón por la cual se dispuso la competencia de la justicia ordinaria. La intervencion de la corte se origino en un a cuestion planteada entre dos tribunales de la provincia de Buenos Aires, en Argentina.

La Corte Suprema de Justicia asi lo dispuso, al resolver una cuestión de competencia negativa entre dos tribunales de San Martín, en la provincia de Buenos Aires. El tribunal debió fallar ante una cuestión planteada entre el tribunal de garantías 3 y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional 1, en la causa seguida contra Angel Marcelo Leguiza, por portacion ilegitima de arma de uso civil.El magistrado local se había declarado incompetente con relación a los delitos previstos en el artículo 189 bis del Código Penal, al sostener que correspondía a la Justicia Federal de acuerdo con lo establecido en el artículo 33, apartado 1, inciso e) del Código Procesal Penal. En ese entendimiento, el juzgado de garantías consideró que si la justicia federal debía intervenir en el juzgamiento de la infracción prevista en el artículo 42 bis de la ley 20.429 -simple tenencia de armas de uso civil- "resultaría razonable también que lo haga respecto de su portación en virtud de la mayor relación de vinculación y disposición del agente con dichos objetos".   Por su parte, el juzgado federal rechazó esa atribución al considerar que "resultaba necesaria una reforma legislativa para que el delito previsto y reprimido en el artículo 189 bis, tercer párrafo (según la ley 25.086), debe ser investigado por el fuero de excepción". El Procurador General Nicolás Becerra entendió que la causa debía ser competencia de la Justicia Federal, al sostener que el articulo 33 del Código Procesal "establece la competencia federal para el juzgamiento de los delitos previstos y reprimidos en el artículo 189 bis del Código Penal, entre los que se encuentra el de portación de armas de uso civil, y que sólo prevé como excepción a dicha regla la simple tenencia de armas de guerra, en tanto no se encuentre vinculación con otros hechos que surtan esa jurisdicción". Sin embargo, la mayoría de la Corte sostuvo que "el pasaje de la norma que contiene la nueva hipótesis -portación de arma de fuego de uso civil- debe ser entendido dentro de su contexto, toda vez que guarda una vinculación lógica y necesaria con la tenencia de arma de guerra, la que no se verifica respecto de lo contemplado en los primeros párrafos del artículo 189 bis". Asimismo, sostuvieron que "el legislador asumió la imperiosa necesidad de excluir de la competencia federal aquello que fue incorporado sólo como producto de circunstancias históricas determinadas" en el país. Señala también que "para que corresponda el fuero federal es preciso que se hayan afectado intereses federales o lo que es lo mismo que estén implicados intereses no meramente plurales de los ciudadanos sino aquellos que alcanzan a la Nación misma", extremos que no aparecen en la causa, razón por la cual se dispuso la competencia de la justicia ordinaria.

Postulado:Escuchado por ahí: Leyes Anti-Armas:
"La teoría de los defensores de las leyes restrictivas, sostiene que una mujer encontrada muerta en un
callejón, violada y estrangulada con sus pantymedias, es de alguna manera moralmente superior a una mujer
que explica a un policía cómo hirió fatalmente a su atacante impidiendolo de realizar sus actos criminales".

Links
Sitios
Relacionados

 

INSTRUCTORES DE TIRO

 

 

Para el Investigador Estadounidense John Lott, "Un mayor numero de armas reduce el crimen".

Estudios divulgados por las autoridades de salud publica de los USA, pretende demostrar que la violencia aumento tanto en las ultimas dos decadas que el homicidio seria hoy la segunda causa de muerte para los menores de 19 años, atras de los accidentes. Y el suicidio ocuparia el tercer tercer lugar.
No es normal que un menor muera de viejo ni es normal que tenga enfermedades terminales ni problemas fisiologicos, cual podria ser entonces la causa de la muerte de un menor que no pueda ser clasificada estadisticamente en homicidio o accidente? La informacion tendeciosa es uno de los grandes males que los medios de comunicacion de masa contribuyen a difundir, permitiendo que sistemas perversos e interesados manipulen a la opinion publica para llevarla a pensar de una manera determinada para el beneficio de algun grupo.
Complementando ese pensamiento, El profesor universitario John Lott, considera que las soluciones para el problema de la violencia, pueden ser muy diferentes de las esperadas. Basandose en un estudio que realizo a lo largo de 19 años, concluye que cuanto mayor el numero de ciudadanos portando armas, menor sera el numero de muertes en tiroteos.
En su polemico libro "Mas armas, Menos Crimenes" analiza tiroteos no relacionados con otros crimenes, como guerra de bandas, asaltos o venta de drogas. (Entre 1977 y 1995). Cruzo esos datos con diversas variables, entre ellas los cambios en las leyes estatales sobre portacion de armas, "Verifique que en la medida que los Estados adoptaban leyes mas liberales sobre la portacion de armas, el numero de tiroteos caia y el numero de muertes en esos episodios tambiem", dijo a un periodico brasileño en una entrevista. Actualmente, 31 Estados de los USA, permitem a cualquier ciudadano portar armas (desde que sea mayor de edad y no tenga antecedentes criminales, despues de aprobar un examen Psicotecnico). En otros 12 estados, quien quisiera puede andar armado, desde que convenza al Sheriff local que corre riesgos de vida. En otros siete prohiben las armas en las calles. "Los autores de masacres como la de Littleton no tienen miedo de morir, de ser condenados a prision perpetua o a la pena de muerte, su unico interes es matar, raciocina Lott. "Si los ciudadanos comunes pudieran andar armados, entonces, tendrian mas chances de defender a victimas inocentes." Este libro desenmascaro el lobby antiarmas, demostrando con base en datos oficiales que los homicídios son un 81% menos en los estados que adoptaron la libre portacion. No hay polemica, no fue publicado ningun trabajo que conteste las conclusiones Lott; La obvia razon de la caida de la criminalidad es el establecimiento del equilibrio de fuerzas entre los criminales y los que no lo son, y como se sabe es este equilibrio el que evita mas crimenes.

 

 

La forma de evitar los delitos con armas de fuego, no es complicar su tenencia por parte de los legitimos usuarios Sino esta: el control y la represion constante e implacable de los delincuentes.

Con la orden de un juez de La Plata, capital de la Provincia de Buenos Aires, fueron detenidos suboficiales de la policía bonaerense y suboficiales del Servicio Penitenciario bonaerense. La investigación, con las ordenes del Juez César Melazo que comenzó hace dos meses por los datos que aportó la Departamental de Seguridad y la de Investigaciones platense, culminó con los arrestos y el secuestro de mas de cien armas, pistolas, revolveres y escopetas. Algunas de estas habian sido robadas de la division Armamento de la policía bonaerense, estas armas estaban listas para ser colocadas en el mercado clandestino. Los fiscales Marcelo Romero y Alejandro Villordo, que caratularon la causa como hurto y defraudación a la administración pública y tenencia de drogas, realizaron unos 20 allanamientos en distintas casas de La Plata y Ensenada. Se encontro tambien otro armamento que puede provenir del saqueo de una armería en el que los delincuentes se alzaron con un botín calculado en 100.000 pesos. Los fiscales pidieron la colaboración de la SIDE para realizar escuchas telefónicas de cuatro líneas y ordenaron el seguimiento de los sospechosos, que fueron fotografiados.